Editorial

Muchas veces, el vértigo de noticias, opiniones, críticas y discusiones que transmiten los medios impide u obstaculiza (o por lo menos no contribuye) al verdadero discernimiento de lo que está sucediendo.

Para eso, resulta necesario un espacio diferente, donde poder distanciarse de la tan demandante actualidad, para profundizar en las raíces de estos temas. Un espacio donde ordenar las ideas y, a partir de ahí, poder escuchar o leer las noticias y saber de qué se está hablando.

Una pausa en la actualidad pretende focalizarse en la parte sumergida de ese iceberg que nos rodea, nos invade, nos envuelve y pocas veces nos deja ver sus cimientos. Una pausa para poder enfrentar la actualidad.




martes, 13 de julio de 2010

Matrimonio vs Unión Civil

Hasta este lunes la discusión se centraba en la disputa entre quienes apoyaban el matrimonio y quienes apoyaban la Unión Civil. Todo indicaba que el miércoles 14 se debatiría, en primer término, el rechazo al proyecto que ya tiene media sanción. En caso de que éste fuera aprobado, se trataría a continuación la Unión Civil. Y si ésta hubiese sido también ratificada, debía volver a Diputados como un nuevo proyecto de Ley. Si se desaprobaba el rechazo, se votaría el dictamen de minoría, a favor del matrimonio homosexual. Si éste último ganara, quedaría definitivamente sancionada la Ley que modifica el Código Civil, ampliando la posibilidad de contraer matrimonio también para personas del mismo sexo.

Entre tanta discusión, se habían creado también muchas confusiones. El proyecto de Ley que habilita el matrimonio entre personas del mismo sexo busca modificar el Código Civil para reemplazar la definición de hombre y mujer como actores del casamiento, por el de "contrayentes”. En cambio, el proyecto presentado por la oposición en el Senado , proponía no modificar el Código, sino crear otra figura, que sería la de Unión Civil. En tal sentido, la senadora Liliana Teresita Negre de Alonso, una de las impulsoras del proyecto alternativo, había anunciado que, con excepción de la maternidad y la paternidad, “todos los demás derechos del matrimonio están contemplados”.

El lunes 12, Claudio Morgado, presidente del INADI (Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo), ofreció una conferencia de prensa en la que puntualizó sobre algunos puntos del proyecto de unión Civil que contribuyen a institucionalizar la discriminación de estas familias. El Art. 16, comentó, “establece que el acceso a la obra social y a los beneficios previsionales no son automáticos, como sí ocurre con el matrimonio”.

El Art. 24, por otro lado, avala la objeción de conciencia del personal administrativo, que puede excusarse para realizar el trámite administrativo de una unión civil. Otra de las grandes diferencias entre los dos proyectos es que el de Unión Civil cercena algunos derechos como el de la adopción y la fertilización asistida para personas homosexuales. Incluso, cuando éstos son derechos ya adquiridos. Al respecto, la presidenta de la Federación Argentina LGBT, María Rachid, sentenció que, además de obstaculizar la protección de familias futuras, “ordena por fuerza de ley la desprotección de los niños y las niñas de esas familias que ya existen”. Esto se debe a que, en caso de que haya niñas y niños preexistentes a la legalización de la unión civil, la pareja de quien ejerce la patria potestad quedaría excluida del vínculo formal con esa criatura.

Vale precisar que la adopción para personas homosexuales ya está permitida porque no existe ninguna Ley que la prohíba. A ningún individuo que quiera adoptar un niño se le puede prohibir legalmente hacerlo, argumentando su orientación sexual. Por lo tanto, la adopción por parte de personas homosexuales ya ocurre. El proyecto que ya tiene media sanción, sólo le daría un marco legal a esta situación para que tanto la pareja como el niño en cuestión puedan contar con los mismos derechos que cualquier otro ciudadano. Si se aprobara una Ley que prohíba a una pareja homosexual adoptar o acceder a la fertilización in vitro, se institucionalizaría la imposibilidad del niño de contar con los mismos derechos que cualquier otro.

Por estos motivos, entre otros, es que se considera que sancionar una figura de este tipo sólo significaría una suerte de reconocimiento normativo de la discriminación. De todos modos, la impugnación que resolvió Pampuro no recae sobre estos argumentos, sino que la Constitución indica que cuando un proyecto es tratado y rechazado en el recinto, no puede volver a debatirse dentro del mismo año parlamentario. Quienes apoyan el proyecto del matrimonio consideran que abordar la Unión Civil luego de un posible rechazo, sería tratar el mismo tema. Los opositores sostienen lo contrario. Mañana tendrá lugar en el recinto un debate tan significativo como lo fue en 1987 la ley de Divorcio o la ampliación del voto para las mujeres en 1951.

2 comentarios:

  1. de lo poco que se comento en los medios de comunicacion no puedo llegar a encontrar una manera de interpretar la Ley como para advertir que a partir de la entrada en vigencia de la misma se habilite el vinculo entre personas del mismo sexo.

    Ante lo cual agradeceria y pienso en no ser el unico en tal situacion, se nos aclare tal fundamento, porque de lo contrario hemos sido nuevamente estafados por nuestros sendores.

    Gracias, anticipadamente.

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  2. La diferencia qque se establecería es que se reemplazaría la definición de "hombre" y "mujer" como actores del casamiento, por la de "contrayentes". Es decir que el sexo de los mismos sería indistinto, al no estar especificado.
    Muchas gracias por el comentario y espero haberte evacuado la duda!
    No dudes en consultar o comentar todo lo que te parezca.

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